"(...) (Tobin) Propone en 1972 poner obstáculos a la excesiva movilidad de capitales
mediante la aplicación de un impuesto a las transacciones de cambio en
monedas, Tasa Tobin. Es lo que llama echar algunos granos de arena en
los engranajes demasiado bien lubricados de las finanzas
internacionales.
El impuesto debería aplicarse al menos por todos
los países de moneda clave o con centros financieros importantes. El
impuesto sería recaudado por cada gobierno sobre todas las conversiones
monetarias spot efectuadas dentro de su jurisdicción.
La recaudación del
impuesto se ingresaría en un fondo central controlado por una
institución internacional: el Fondo Monetario Internacional, el Banco
Mundial, las Naciones Unidas o el Banco de Pagos Internacionales.
Diferentes países, previo consentimiento del FMI, podrían formar áreas
monetarias dentro de las cuales no se aplicaría el impuesto.
A
Tobin, partidario del libre comercio, no le preocupó mucho el empleo de
los ingresos generados por el impuesto, lo ve fundamentalmente como
instrumento político en manos de los gobiernos, para la estabilidad
monetaria y de las finanzas.
En 1996, James Tobin señalaba que el
objetivo de su impuesto no era maximizar el ingreso, sino mejorar la
eficiencia de los mercados financieros en la asignación de recursos,
desincentivando los flujos de capital a corto plazo, reduciendo la
volatilidad de los tipos de cambio y restaurando parte de la autonomía
monetaria de los gobiernos perdida en el proceso de integración
financiera internacional.
El impuesto Tobin dista de la
“radicalidad” con que Keynes encaró la cuestión internacional en 1944 en
Bretton Woods, en donde se estipula la paridad oro-dólar. A nivel de la
economía mundial Keynes no se limitaba a proponer algunos impuestos,
entre ellos un ITF, sino que se inclinaba por la anulación de los
movimientos de capitales “calientes” mediante barreras y controles
nacionales e internacionales de capital.
Impuesto Spahn de doble alícuota
Un
impuesto tipo Tobin del 0,1% o del 0,5% sobre operaciones cambiarias no
puede impedir las crisis financieras originadas por ataques
especulativos intensivos a una moneda.
Pero además hoy un pequeño impuesto a las transacciones cambiarias no es
impedimento para los movimientos especulativos. Las pequeñas tasas a lo
sumo recargan los costos de las transacciones de muy corto plazo.
Esto
sólo influiría sobre las operaciones diarias de los fondos financieros y
los bancos, pero no detendría los ataques especulativos contra una
moneda cuando los operadores financieros prevén pérdidas graves. El
impuesto Tobin entonces pasaría a ser un “costo de transacción”, del
mismo tenor que el costo que soporta cualquier inversionista cuando
compra o vende acciones o bonos. (...)
Spahn planteó la aplicación de un impuesto de doble alícuota. Se
trata simplemente de aplicar en períodos normales un impuesto reducido
sobre las operaciones cambiarias lo que lo convertiría en una fuente
financiera permanente.
Cuando eventualmente se produjeren movimientos
financieros “extraños” mediante un mecanismo tan simple como astuto, el
nivel impositivo sería tan alto que sería automáticamente disuasorio de
las tracciones de corto plazo. De este modo el mercado se enfriaría y se
evitarían reacciones de pánico.
El economista alemán Paul Bernd
Spahn propone gravar las transacciones de divisas internacionales
combinando dos impuestos, la tasa Tobin con un tipo minúsculo (0,01%) y
un impuesto mucho más cuantioso (del 50% al 100%) que sólo se activaría
para contrarrestar los ataques especulativos sobre las divisas en
apuros. (...)" (Antonio Fuertes Esteban, Attac España, 15/10/2014)
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