"(...) Puede resultar ilustrativo comenzar describiendo la arquitectura
fiscal y empresarial a través de la cual Apple hace frente a sus
obligaciones fiscales. La multinacional Apple Inc., radicada en EE. UU.,
cuenta con dos filiales con sede en Irlanda, Apple Operations Europe y
Apple Sales International.
Ambas tienen los derechos de propiedad
intelectual de Apple para vender y elaborar los productos de la
compañía; como contrapartida, las dos realizan un muy sustancioso pago
anual a la matriz para financiar la investigación y el desarrollo.
Pago
que se deduce de los beneficios de ambas empresas y va a engordar la
cuenta de resultados de la norteamericana, y en consecuencia deja de
tributar en Irlanda para hacerlo en EE. UU. Es fácilmente comprensible
que la cuantía fijada de este canon puede servir de instrumento para
trasferir beneficios y por lo tanto impuestos de Europa al otro lado del
Atlántico.
Por otra parte, la estructura empresarial de Apple origina que todas las compras realizadas en cualquier país de la UE, pero también en Oriente Próximo, la India y África, se instrumenten como una relación contractual con una oficina fantasma, casi sin personal, de la compañía irlandesa Apple Sales International, y no con las empresas locales filiales de Apple, que figuran como simples comisionistas.
Gracias a
eso, los beneficios de varios continentes se registran y declaran en
Irlanda, por lo que la firma no paga apenas impuestos en todos los otros
lugares en los que tiene su actividad. Para medir la importancia del
negocio de Apple en toda Europa baste considerar la propia carta de Tim
Cook, consejero delegado de la compañía, escrita y distribuida para
justificarse ante los consumidores europeos y arremeter contra la
Comisión. En ella se afirma que los puestos de trabajo creados en Europa
sobrepasan el millón y medio.
Es sabido que Irlanda (lugar en el que Apple ha decidido abonar el
gravamen correspondiente al negocio generado en todos los estados de
Europa y en otros países de Asia y África) tiene un tipo nominal del
impuesto de sociedades (12,5%) de los más reducidos de Europa,
practicando un descarado dumping fiscal.
Pero el tigre celta ha dado un
paso más y es sobre este plus sobre el que ha podido incidir el dictamen
de la Comisión. Ha firmado con Apple un ‘tax ruling’, es decir, un
acuerdo acerca de qué impuestos va a pagar la compañía. Se trata de un
plan fiscal a la carta con el que, según la Comisión, el tipo efectivo
pagado en el impuesto ha sido en algunos años del 0,005. Sin duda un
escándalo.
Es de suponer que no habrá sido Apple la única multinacional con la
que Irlanda ha firmado el ‘tax ruling’, es decir, a la que le han
diseñado un traje fiscal a medida. Existe además la certeza de que no
solo Irlanda, dentro de la UE, practica o al menos ha practicado estas
corruptelas fiscales. Holanda, Bélgica y Luxemburgo la han acompañado.
Sonado fue el llamado LuxLeaks, ya que resultó implicado el propio
presidente de la Comisión cuando era ministro de Finanzas y primer
ministro de Luxemburgo. Con estos presupuestos, es difícil creer que la
UE se tome alguna vez en serio el problema de los paraísos fiscales. (...)
Para corregir el abuso y escándalo fiscal de Apple en Irlanda, la
comisaria europea se ha visto obligada a acogerse exclusivamente al
quebrantamiento de la competencia, pero entre empresas, no entre países.
Lo que persiguen los acuerdos comunitarios no es el dumping fiscal,
no es la concurrencia desleal en materia fiscal para atraer inversores.
No condenan las batallas competitivas entabladas por los distintos
Estados que terminarán no beneficiando a ninguno de ellos, pero sí
reduciendo la carga fiscal sobre el capital casi en cero.
Lo único que
rechazan es que un Gobierno conceda a unas empresas un trato de favor
con respecto a otras, esto es, las denominadas ayudas de Estado, que sin
duda pueden instrumentarse de forma directa, pero también indirecta
mediante beneficios fiscales exclusivos.
Esta es la recriminación de la Comisión Europea a Irlanda, el hecho
de que mediante los ‘tax ruling’ han elaborado con total opacidad un
traje fiscal a medida de Apple, que no sirve para ninguna otra empresa
o, dicho de otro modo, otras muchas sociedades están excluidas de él.
Por el contrario, la comisaria no sanciona, no puede hacerlo, el que la
hacienda pública celta mantenga un tipo del impuesto de sociedades muy
inferior al de los otros países, ni la práctica, tremendamente
escandalosa, de que Apple traslade con fraude de ley los beneficios
generados en todos los países a Irlanda.
El que la Comisión carezca de
competencias para intervenir en estas actuaciones no quiere decir que
cada uno de los países afectados no pueda hacerlo en su ámbito, y por
ello la comisaria se ha brindado a facilitar la información a las
haciendas locales para que, si quieren, exijan a Apple las cantidades
adeudadas y apliquen las sanciones correspondientes.
Es de esperar que
la Administración Tributaria española, ya que no lo ha hecho hasta
ahora, tome las medidas adecuadas para reclamar a Apple las cantidades
no ingresadas en España. (...)
La solución en Europa resultaría relativamente fácil. El impuesto sobre
los beneficios de las sociedades podría convertirse en un impuesto
europeo, con lo que, por una parte, el gravamen sería uniforme en toda
Europa y, por otra, la UE contaría con un gravamen propio de cierta
importancia, germen de una posible hacienda pública comunitaria.
Pero
todo ello ni siquiera ha pasado por la cabeza de las autoridades
comunitarias ni de aquellos gobiernos que realmente mandan en la UE.
Parece casi una utopía. Señal inequívoca de que la UE está condenada al
fracaso." (Juan Francisco Martín Seco, República.com, 08/09/16)
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